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GESTIร“N DE BIOMASA ๐ŸŒฒ๐ŸŒณ

10/04/2026

En cumplimiento de la Ley 3/2007, de prevención y defensa โŒ contra los incendios forestales de Galicia, el ๐€๐ฒ๐ฎ๐ง๐ญ๐š๐ฆ๐ข๐ž๐ง๐ญ๐จ ๐๐ž ๐๐ž๐ ๐จ๐ง๐ญ๐ž hace saber a los/las propietarios/as de las parcelas, las obligaciones para disminuir el riesgo de incendios ๐Ÿ”ฅ.

Obligaciones en relación con las fajas secundarias de Gestión de Biomasa:

Núcleos urbanos, rurales, edificaciones aisladas, polígonos industriales, gasolineras, depósitos de basura, y zonas ubicadas la menos de 400 metros del monte, edificaciones en suelo rústico destinadas a uso agroganadero y forestal y las edificaciones vinculadas a estas:

En un perímetro de 5๏ธโƒฃ0๏ธโƒฃ metros:

๐Ÿ”ธ Mantener libre de maleza (tojos, gestas, etc) y el arboledo existente deberá estar rareado y podado.
๐Ÿ”น Tampoco podrá haber especies prohibidas como pinos, eucaliptos, acacias, etc.

Caminos forestales ๐ŸŒณ:

En la faja de 4๏ธโƒฃ metros desde el límite:

๐Ÿ”บ Sin especies prohibidas por la ley, pinos, eucaliptos, acacias, etc.

La fecha límite para cumplir con el dispuesto por la ley 3/2007 es el ๐Ÿ‘๐Ÿ ๐๐ž ๐ฆ๐š๐ฒ๐จ ๐๐ž ๐Ÿ๐ŸŽ๐Ÿ๐Ÿ”.

En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento, de forma subsidiaria, procederá a realizar los trabajos de limpieza ๐Ÿšœ pasándole los costes a los/las titulares de la parcela . Además se iniciará expediente sancionador, con sanciones que van desde los ๐Ÿ‘๐ŸŽ๐ŸŽ ๐ž๐ฎ๐ซ๐จ๐ฌ hasta los ๐Ÿ‘๐ŸŽ.๐ŸŽ๐ŸŽ๐ŸŽ ๐ž๐ฎ๐ซ๐จ๐ฌ.

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